Análisis | Primeras damas y la estela de corrupción e impunidad en Honduras

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Foto: La Prensa. Tomado de: https://www.estrategiaynegocios.net/lasclavesdeldia/1315993-330/58-años-de-prisión-por-corrupción-a-exprimera-dama-de-honduras

Por Helen Montoya, colaboradora especial del CESPAD
16 de agosto, 2021 

En los últimos tres gobiernos en Honduras (Porfirio Lobo y los dos de Juan Orlando Hernández), desde el despacho de la primera dama y en complicidad con personajes de gran influencia en el partido de gobierno, se han desviado millones de lempiras del erario público. El caso de corrupción “la caja chica de la dama”, que involucra a Rosa Elena Bonilla, es el primero en contra de una ex primera dama, y traza la urgente necesidad de auditar el papel y el involucramiento de las esposas de los presidentes en la administración pública.

Pero hacerlo no es fácil. Rosa Elena Bonilla es la esposa del ex presidente de Honduras, Porfirio Lobo Sosa (2010-2013) y aunque en la actualidad será llevada a los tribunales por segunda vez, su caso pone en perspectivas nuevos elementos de análisis que la han hecho salir bien librada de la situación: la discusión sobre si era o no, funcionaria pública.

Por ejemplo, los magistrados de la Corte de Apelaciones Anticorrupción “desestimaron el cargo de malversación de caudales públicos contra Bonilla porque la figura de primera dama no es de funcionaria pública[1]”.

Pero, al respecto,  la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC), por sus siglas en inglés, indica sobre el tema que “Por “funcionario público” se entenderá toda persona que ocupe un cargo legislativo, ejecutivo, administrativo o judicial de un Estado Parte, ya sea designado o elegido, permanente o temporal, remunerado u honorario…toda otra persona que desempeñe una función pública…[2]”.

En el primer juicio, el Ministerio Público mantuvo la tesis de que Bonilla fungía como funcionaria pública porque gozaba de un salario mensual que salía del erario público, manejaba fondos públicos para obras sociales y tenía a su servicio personal administrativo, pagado por el Estado. Además de eso, cotizaba al Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP).

La Ley del INJUPEMP, en el artículo 2 de las “definiciones”, acápite 12, “Incorporación al Instituto, remarca que quienes están inscritos en este ente es precisamente porque se les considera servidores públicos. De forma litera, establece: “Acto por el cual los empleados de un órgano o entidad del sector público, quedan legalmente incorporados al INJUPEM[3]”. Asimismo, en el artículo 4 “De los afiliados”, indica que “La afiliación al Instituto de Previsión es obligatoria para todos los servidores públicos establecidos en la Ley”.

Los cargos contra la primera dama

En septiembre del 2019, Bonilla de Lobo fue encontrada culpable por el delito de apropiación indebida y fraude, y condenada a una pena de 58 años de reclusión. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia emitió, en diciembre del mismo año, una resolución en la cual declaraba “con lugar los recursos de casación por quebrantamiento de forma, interpuestos por la defensa de Bonilla, declarando la nulidad de la sentencia condenatoria, ordenando que se celebre un nuevo juicio oral y público, integrado por jueces distintos a los que conocieron el anterior proceso[4]”.

Pero el 23 de julio del 2020, la ex primera dama fue liberada cuando el Tribunal de Sentencia de los Penal, con competencia nacional en corrupción, revocó la medida cautelar de prisión preventiva, atendiendo la resolución de la Corte Suprema de Justicia. Con ello le fue conmutado el delito de apropiación de fondos públicos, al no admitirse que fungía como funcionaria gubernamental y porque se alcanzó el plazo máximo establecido en la norma procesal penal.

El Tribunal en materia de corrupción indicó que se “revocaba la medida cautelar de la prisión preventiva, en virtud de haberse alcanzado el plazo máximo establecido en la norma procesal penal[5]”, por medio de la sentencia 12-2018[6].

“La falta de avanzar a juicios completos, y la oposición dentro del gobierno, dan otros ejemplos poderosos de que en Honduras no hay justicia”, dijo al Cespad Dana Frank, profesora emérita de historia en la Universidad de California, Santa Cruz, al referirse a este aspecto del tema.

Los retrasos en el segundo juicio

Desde su resolución (diciembre de 2019), el nuevo juicio ordenado por la Corte Suprema de Justicia ha sido reprogramado en varias ocasiones, una reiterada situación que para algunos sectores es el indicativo de una estrategia para evadir la justicia. En julio de este año, los medios de comunicación informaban que “…la defensa técnica de la imputada solicitó al Tribunal de Sentencia que suspendiera la audiencia ya que el estado de salud no era el óptimo para tal fin y entregó constancias de salud de Bonilla de Lobo[7]”.

De hecho, las partes estaban convocadas para el lunes 16 de agosto, para la reprogramación del juicio, sin embargo, Medicina Forense emitió un dictamen en el que “recomienda se continúe con el tratamiento y se realice una nueva evaluación médica en 30 días[8]…”. Con este nuevo dictamen, seguramente el juicio siguirá sin fecha asignada.

Bonilla y su esposo en lista Engel

«Como primera dama, Rosa Lobo incurrió en actos de corrupción importantes mediante el fraude y la malversación de fondos públicos para su beneficio personal», señaló el secretario de Estado estadounidense, Antony Blinken, el pasado 20 de julio, tras hacer el anuncio de que Estados Unidos prohibió la entrada a ese país, al expresidente hondureño Porfirio  Lobo y su familia «por participación en corrupción significativa».

También criticó al sistema de justicia hondureño ya que “a pesar de que sus actos corruptos socavaron la estabilidad de las instituciones democráticas de Honduras… Rosa Lobo ha sido liberada de prisión y está a la espera de que se repita el juicio[9]«.

De hecho, Bonilla fue incluida en la lista Engel[10] (una lista de funcionarios y ex funcionarios gubernamentales que Estados Unidos considera como corruptos en los países del Triángulo Norte), en conjunto con su esposo Porfirio Lobo, por actos de corrupción. Con la aparición en esa lista pierden la visa de ingreso a Estados Unidos y podrían llegar a aparecer en la lista Magnitsky (Ley Global Magnitsky).

La corrupción en Honduras ha sido un factor importante en contra del desarrollo humano sostenible, económico y social, que (sumado a la impunidad de las élites corruptas) mantiene secuestrada a la nación. La gravedad y el impacto que genera la corrupción, la complicidad de los partidos políticos y de empresarios hace difícil la lucha para erradicar las malas prácticas y alcanzar un nivel importante en la aplicación de la justicia.

El grado de debilidad de la institucionalidad gubernamental es evidente y se acrecienta con la fuerza que adquieren las élites corruptas, que han encontrado las formas de establecer artilugios jurídicos y políticos para que los casos de corrupción tengan un impacto mínimo en el statu quo.

El caso de Bonilla reafirma y confirma la histórica impunidad de esas élites corruptas que gobiernan Honduras, y que han hecho los movimientos necesarios e incluso aprobado leyes o reformas a normativas para protegerse de ser llevados ante los tribunales.

Esta es una publicación que forma parte del proyecto del CESPAD: “Veeduría ciudadana anti-corrupción y el legado de la MACCIH”, apoyado por Abogados Sin Frontera-Canadá (ASFC), sin embargo, las ideas aquí expresadas son responsabilidad exclusiva del CESPAD.

Referencias

[1] Centro de Documentación de Honduras (CEDOH). El blindaje de la corrupción en Honduras. Contexto, dimensiones, formas y mecanismos. https://www.cedoh.org/resources/Libros/Libro-Blindaje-2018.pdf

[2] Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito. (2003) Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.

https://www.unodc.org/documents/mexicoandcentralamerica/publications/Corrupcion/Convencion_de_las_NU_contra_la_Corrupcion.pdf

[3] Biblioteca virtual del Tribunal Superior de Cuentas. (2014) Ley del Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y funcionarios del Poder Ejecutivo (Injupemp).

https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Nueva_Ley_de_INJUPEMP_2014.pdf

[4] La Tribuna. Revocan prisión a ex primera dama Rosa Elena Bonilla de Lobo

https://www.latribuna.hn/2020/07/24/revocan-prision-a-exprimera-dama-rosa-elena-bonilla-de-lobo/

[5] El Heraldo, Rosa Elena Bonilla y Saúl Escobar se defenderán en libertad. https://www.elheraldo.hn/pais/1396056-466/rosa-elena-bonilla-y-sa%C3%BAl-escobar-se-defender%C3%A1n-en-libertad

[6] Tribunal de Sentencia con Competencia Nacional en materia de Corrupción. Sentencia 12-2018. https://www.poderjudicial.gob.hn/transparencia/regulacion/Documents/SENTENCIA%20PDF%20EXP-TSCNMC-12-2018.pdf

[7] La Tribuna. Medicina Forense confirma la incapacidad de la ex primera dama

https://www.latribuna.hn/2021/08/12/medicina-forense-confirma-la-incapacidad-de-la-ex-primera-dama/

[8] El país. Medicina forense: Rosa de Lobo no está apta para nuevo juicio.

https://www.elpais.hn/2021/08/11/medicina-forense-rosa-de-lobo-no-esta-apta-para-nuevo-juicio/

[9] Télam digital. EEUU prohíbe la entrada a un expresidente de Honduras, señalado de corrupción.

https://www.telam.com.ar/notas/202107/561944-eeuu-prohibe–entrada-expresidente-honduras-lobo-senalado-corrupcion.html

[10] U.S. Department of State. Report to Congress on Foreign Persons who have Knowingly Engaged in Actions that Undermine Democratic Processes or Institutions, Significant Corruption, or Obstruction of Such Corruption in El Salvador, Guatemala, and Honduras Section 353(b) of the Department of State, Foreign Operations, and Related Programs Appropriations Act, 2021 (Div. FF, P.L. 116-260)

https://www.state.gov/reports/section-353-corrupt-and-undemocratic-actors-report/