El Alcalde de Tegucigalpa, su interés de convertirse en Presidente y una justicia selectiva que le apoya

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Foto: Tiempo HN

 

Por CESPAD
2 de febrero del 2021

Tres condominios en una zona exclusiva de Tegucigalpa y acciones en las sociedades mercantiles Cementos S.A. y la empresa Desarrollo Construcciones y Equipos S.A. de C.V. (DECOESA), son entre otros los bienes que la UFERCO tenía como objetico asegurarle al alcalde de Tegucigalpa Nasry Asfura. Este personaje, que aspira a convertirse en presidente de Honduras, sigue en el “ojo del huracán” y en el centro del descrédito de un poder judicial que, de acuerdo con expertos, actúa en función del estatus de los imputados.

Las elecciones internas en Honduras están a la vuelta de la esquina, pues se llevarán a cabo el próximo 25 de marzo del 2021. Nasry Asfura participará para intentar convertirse en candidato presidencial en representación del Partido Nacional. Por eso le urge sacudirse un potencial proceso judicial que tiene en el centro unos 29 millones de lempiras (más de un millón de dólares) que, según la investigación de esta Unidad Fiscal, fueron desviados de la Alcaldía Capitalina (período del 2017-2018), a cuentas personales del Alcalde y de terceros. De verse envuelto en un proceso judicial, Asfura enfrentaría cargos por los delitos de abuso de autoridad, uso de documentos falsos, malversación de caudales públicos, fraude, lavado de activos entre otros.

Otro revés de la justicia hondureña

La Unidad Fiscal Especializada Contra Redes de Corrupción (UFERCO), buscaba, aparte de asegurar los bienes del alcalde, ejecutar esa acción contra los bienes de los funcionarios municipales: Nilvia Castillo, Óscar Orlando Iriarte y Wilmer Gerardo Rodríguez. El aseguramiento de los bienes que pretendía la UFERCO es una acción posterior a la solicitud del antejuicio que hizo el pasado 26 de octubre del 2020, contra el edil de la capital de Honduras. Pero la justicia de este país sigue dando reveses a favor de los implicados en casos de corrupción y declaró sin lugar el escrito/solicitud de la Unidad Fiscal.

Según la Jueza de Privación de Dominio, la solicitud que hizo la UFERCO no reunió los requisitos de admisibilidad porque se planteó de manera incorrecta y con fundamentación errónea y por eso la declaró sin lugar. La determinación de la Jueza, para el ex fiscal General de Honduras, Edmundo Orellana, solo acentúa más la desconfianza en la institucionalidad del país, porque la percepción que hay en la población es que la justicia actúa de acuerdo al estatus del imputado. “La percepción de la población es que cuando el imputado es una persona importante o significativa en el orden político, los tribunales actúan de acuerdo a ese estatus”, agrega Orellana.

Foto: Ex fiscal General de Honduras, Edmundo Orellana. Tomada de: catrachoglobal.com

La desconfianza es generalizada en todo el Poder Judicial, afirma el ex fiscal, y que aunque el Juez dicte una sentencia correcta, la duda siempre estará presente. “La gente sospecha que no es apegada a derecho, pero eso se debe al comportamiento no de los Jueces, sino de los Magistrados que al integrar esos Tribunales de excepción, se inclinan a esos personajes”.

Sin embargo, Orellana dice que el comportamiento incorrecto que la población percibe de los Magistrados se ha extendido a todos los Tribunales de Justicia que conocen sobre los casos de corrupción de personajes, sobre todo, de alto perfil. “Aunque la Jueza sustente adecuadamente su resolución en este caso, hay sospecha”, dijo.

La resolución

La resolución emitida a favor de Asfura dice textualmente que, para denegar la privación de esos bienes, se estableció que el recurso fue invocado bajo bienes equivalentes como causales, pese a que la ley de Privación de Dominio “establece en el artículo 12, cuando procede dicha figura. No cumpliendo con la exceptualidad preceptuada en el artículo 33, de la mencionada ley sobre la urgencia de la medida cautelar solicitada, entre otras circunstancias que fueron destacadas en la resolución emitida; y debido a la solicitud de secretividad de actuaciones requeridas por el ente acusador del Estado, no puede revelarse ni detallarse los bienes ni las personas sobre las cuales se solicitó el aseguramiento”.

El documento también hace referencia a que “el ente acusador del Estado no hizo uso del recurso de reposición y subsidiaria apelación que le faculta la ley de privación en su artículo 38”.

El antejuicio de Asfura

Aún la Corte de Apelaciones no emite la resolución para declarar con lugar o no, el antejuicio solicitado por la UFERCO, el pasado 26 de octubre del 2020. Según el Fiscal Luís Javier Santos, el alcalde fue citado y emplazado para presentar un informe ante los Tribunales. “El informe fue presentado en el mes de diciembre por los dos imputados y la misma Ley establece que una vez presentado el informe, la Corte debe emitir su resolución dentro de los tres días siguientes. Pero aún estamos a la espera que la Corte de Apelaciones emita la resolución”.

La UFERCO explicó que la investigación demostró que, por cada cheque recibido, Nasry Asfura presentó una liquidación. Pero esas liquidaciones fueron analizadas, encontrándose una serie de inconsistencias. Para el caso, las personas a las que se entregó el dinero son distintas a las establecidas en las liquidaciones.

Nasry “Tito” Asfura lleva dos períodos consecutivos al frente de la comuna capitalina; asumió el cargo de alcalde de Tegucigalpa el 25 de enero 2014 y posteriormente fue reelegido el 25 de enero de 2018. Oficializó el 5 de octubre de 2020 su precandidatura a la presidencia de Honduras por el movimiento del Partido Nacional “Juntos Podemos”.

Esta es una publicación que forma parte del proyecto del CESPAD: “Veeduría ciudadana anti-corrupción y el legado de la MACCIH”, apoyado por Abogados Sin Frontera-Canadá (ASFC), sin embargo, las ideas aquí expresadas son responsabilidad exclusiva del CESPAD.