No ha lugar declaran petición de elevar a Juicio Oral y Público la causa contra Sara Medina

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Foto: La Tribuna

17 de noviembre del 2020

Un Juez Natural dio a conocer este lunes 16 de noviembre, la resolución de la audiencia preliminar en la causa que se sigue contra la diputada Sara Ismela Medina Galo, por el delito de falsificación de documentos públicos y contra la forma de Gobierno, delitos por los que fue acusada por el Ministerio Público. El caso que se denominó Pacto de Impunidad lo formuló inicialmente el equipo Integrado de Investigación y Persecución Penal Público, compuesto por fiscales e investigadores de la Unidad Fiscal Especial contra la Corrupción y la Impunidad del Ministerio Público (UFECIC-MP), con apoyo de expertos de la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras de la Organización de los Estados Americanos (MACCIH-OEA) y que ahora le da continuidad la Unidad Fiscal Especial Contra Redes de Corrupción (UFERCO).

El Juez tras analizar el caso, decretó la concurrencia del principio de prejudicialidad, determinando que la causa criminal  no puede proseguirse por corresponder al pleno del Congreso Nacional como el órgano competente que debe valorar el caso concreto y las consecuencias de la infracción cometida por la diputada Medina, conforme al cumplimiento del artículo 10-A que se adicionó a la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

«Se ordena el archivo de las diligencias a favor de la ciudadana Sara Medina a quien se le acusó por el delito de falsificación de documentos públicos y se revoca la medida cautelar que en su momento fue interpuesta. El Juez Natural además declara no ha lugar la petición que fue formulada por el Ministerio Público y la Procuraduría General de la República de elevar la causa a juicio oral y público contra la diputada» dijo Melvin Duarte, vocero del Poder Judicial.

El Juez también declaró no ha lugar la petición del Ministerio Público en relación al delito contra la forma de Gobierno en perjuicio de la seguridad interior del Estado de Honduras. Por este delito se pedía también que fuera elevado a juicio oral y público, pero se declaró no ha lugar mientras, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), no se pronuncie sobre el recurso de amparo que fue interpuesto por la Fiscalía.

También el Juez Natural declaró no ha lugar la petición de la defensa técnica de Medina para que se dicte un sobreseimiento definitivo a favor de la diputada, por el delito de falsificación de documentos públicos.

En este caso, fueron inicialmente sobreseídos de manera definitiva el vicepresidente y secretario del Poder Legislativo, Antonio Rivera Callejas y Tomás Zambrano, respectivamente. Pero el diputado del Partido Nacional Román Villeda espera el juicio oral y público.

El caso denominado “Pacto de Impunidad”, se originó el 11 de diciembre del año 2017 cuando la UFECIC, con el apoyo de MACCIH-OEA, presentó Requerimiento Fiscal en el caso “Red de Diputados” contra los diputados al Congreso Nacional Augusto Domingo Cruz Asencio, Héctor Enrique Padilla Hernández, Audelia Rodríguez Rodríguez, Dennys Antonio Sánchez Fernández y Eleazar Alexander Juárez Saravia y tres extraneus por el delito de Malversación de Caudales Públicos, relacionado al manejo de fondo sociales.

El proyecto de ley para el manejo de esos fondos, una vez que fue aprobado por el Congreso Nacional, adoptó la forma de Decreto No.141-2017 y fue suscrito por los diputados Antonio Cesar Rivera Callejas y Sara Ismela Medina Galo, quienes lo autorizaron en condición de Presidente y Secretaria del Congreso Nacional. Esta autorización se realizó a pesar de contener dicha reforma, una versión que no fue discutida, ni aprobada por el pleno del Congreso Nacional, tal y como se desprende de la lectura que le dio a la citada norma el diputado Román Villeda Aguilar en su momento. Ante este hecho se produjeron diversas denuncias públicas, por lo que la Secretaría del Congreso Nacional emitió una Fe de Erratas el día 25 de enero de 2018, publicada el día 26 de enero en el Diario Oficial La Gaceta, pretendiendo explicar que lo ocurrido sería producto de “un simple error” y no de un presunto acto premeditado que, para ese momento, ya había provocado consecuencias jurídicas.

Sin embargo, dicha “fe de erratas” sigue conteniendo modificaciones que no fueron leídas y aprobadas por el pleno del Congreso, por lo que el equipo integrado de investigación y persecución penal decidió la formulación del requerimiento fiscal por los delitos de Falsificación de Documentos, Abuso de Autoridad y Delitos contra la Forma de Gobierno.

Esta es una publicación que forma parte del proyecto del CESPAD: “Veeduría ciudadana anti-corrupción y el legado de la MACCIH”, apoyado por Abogados Sin Frontera-Canadá (ASFC), sin embargo, las ideas aquí expresadas son responsabilidad exclusiva del CESPAD.