Políticas agrarias en Honduras que agudizan la crisis alimentaria en tiempos de pandemia

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Foto: CESPAD

Autor del documento: Bladimir López

I. Situación actual de la seguridad alimentaria en Honduras

a) Estado de la seguridad alimentaria

Según el Instituto de Nutrición para Centroamérica y Panamá (INCAP), “la seguridad alimentaria es un estado en el cual todas las personas gozan, en forma oportuna y permanente, de acceso físico, económico y social, de los alimentos que necesitan en cantidad y calidad, para su adecuado consumo y utilización biológica, garantizándoles un estado de bienestar general que coadyuve al logro de su desarrollo”[1].

En Honduras, de acuerdo con cifras oficiales sustraídas de la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional (2010-2022)[2], la seguridad alimentaria es precaria y la inseguridad alimentaria, crítica.

Figura # 1

Estado de la inseguridad alimentaria en Honduras

Fuente: Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional. Pag 39.

El Nivel I, incluye el número de personas que tiene consolidada su seguridad alimentaria, el que apenas es de 2.5 millones, un dato que equivale al 34.0% del total de la población hondureña. El Nivel II, incluye la inseguridad alimentaria leve y moderada; alrededor de 1.5 millones de personas se incluyen en este nivel, es decir, el 15.0% de la población. La inseguridad alimentaria es leve cuando existe acceso adecuado y estable a los alimentos y a otras necesidades básicas con un riesgo bajo o moderado de perderlos. Es moderada cuando hay inestabilidad en el acceso a los alimentos y faltan otras necesidades primordiales como salud y educación. Y en el Nivel III, se incluye la inseguridad alimentaria grave, que afecta a la mayoría de la población; en este nivel se encuentran aproximadamente 4 millones de personas, que equivale al 51.0% de la población.

En Honduras, aproximadamente el 66% de la población es golpeada por la inseguridad alimentaria en el nivel de leve a grave, lo que se traduce en la falta de acceso a los alimentos y malnutrición muy elevada y en aumento. Según el estudio desarrollado por la (FAO), “La seguridad alimentaria y la nutrición en el mundo”, Honduras se ubica en el cuarto lugar, con un 15.3%, entre los cinco países con más hambre en América Latina[3].

Desde un enfoque de derechos humanos, el sector de la niñez es el que más sufre los efectos de la inseguridad alimentaria y el que registra los índices más altos de desnutrición global (impacta negativamente en el aprendizaje) y desnutrición crónica (potencializa enfermedades mortales). De acuerdo con cifras oficiales tomadas de la Encuesta Nacional de Demografía y Salud (ENDESA), “el 23% de la niñez tiene problemas de desnutrición crónica y el 7% de desnutrición global. La desnutrición es mayor en los departamentos del Corredor Seco. En Intibucá y Lempira, para el caso, casi la mitad de los niños presentan desnutrición crónica (48% cada uno), seguido de La Paz (39%) y Copán (31%).  Según la Encuesta Agrícola Nacional, estas zonas son las más golpeadas por la desnutrición, ante la falta de acceso tierra, empleo, educación y salud”[4].

b) La concentración de la tierra como el determinante de la inseguridad alimentaria

La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), enfatiza una serie de componentes básicos que son esenciales para que los gobiernos provean de seguridad alimentaria de la población. Entre los más importantes sobresalen: “el acceso y control sobre los medios de producción (tierra, agua, insumos, tecnología) y la estabilidad alimentaria la cual hace énfasis en la capacidad de los gobiernos en dotar de alimentos a la población en tiempos de crisis alimentarias”[5].

En Honduras, esos componentes básicos se plasman en la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional (2012-2022), como un esfuerzo interinstitucional que busca darle respuesta a los problemas que restringen a la población, el acceso a alimentos básicos. Sin embargo, principios básicos como el acceso a tierra han sido fuertemente bloqueados por las políticas neoliberales implementadas en el sector agrícola en la década de los 90, el Tratado de Libre Comercio (TLC), la renovación del modelo agroexportador en el contexto del golpe de Estado del 2009 y por la aprobación de los PCMs en materia agraria, aprobados en el marco de la pandemia del COVID-19[6].

En ese contexto, la actual crisis agraria y alimentaria se caracteriza por tres elementos de fondo:

  1. Falta de acceso a tierra del sector campesino, siendo las mujeres las más afectadas,
  2. Reconcentración de la tierra en manos del sector agroexportador y,
  3. Prioridad hacia la agroexportación y papel marginal hacia la producción de alimentos para el consumo nacional.

Según (ENDESA) en la zona rural del país, el 65% de los hombres y el 86% de las mujeres no tienen acceso a la tierra. En la zona urbana el 83% de los hombres y el 90% de las mujeres tampoco tienen acceso a la tierra, uno de los elementos básicos para la producción de alimentos y uno de los aspectos centrales que promueven la seguridad alimentaria de la población rural y urbana.

En relación con la concentración de tierras, la Encuesta Agrícola Nacional[7] señala una alta concentración de la tierra en fincas mayores a 50 hectáreas, las que concentran el 61% de la superficie con apenas el 4.8% del número de las fincas agrícolas.  Mientras, las fincas con menos de 5 hectáreas representan el 9% de la superficie agrícola, significando el 70.6% de las explotaciones agrícola. Es importante señalar que las fincas con menos de 5 hectáreas, está concentrado el 54% de las familias campesinas productoras de granos básicos (385,000 productores y productoras)[8], sobre quienes recae gran parte de la producción de alimentos para el consumo nacional, en condiciones precarias, ante la falta de acceso a tierra, crédito, asistencia técnica y mercados justos.

Los datos anteriores ayudan a explicar por qué la producción agrícola ha estado orientada en más del 60% a la exportación, predominado el sector agroexportador. Un reciente estudio sobre el análisis de políticas agropecuarias en Honduras, desarrollado en el 2019 por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), señala que la “producción agrícola está determinada de la siguiente forma: 30% de café, 16% de banano, 8% de aceite de palma, 6% de azúcar, 5% de maíz, 3% de frijol y 1% de arroz”.[9]

Gráfico # 1

Principales productos agropecuarios en valor total de la producción

Fuente: BID. Análisis de las políticas agropecuarias en Honduras. Pág. 12.

En la relación con la producción agrícola para la exportación, el estudio indica el peso de los productos de agroexportación en la estructura productiva agropecuaria del país: 34% de café, 15% del banano, 12% de aceite de palma y 8% de camarones.  Lo anterior ha conllevado a una exponencial importación de alimentos maíz en más del 50%, el arroz en 80% y los frijoles en un 30%[10].

En ese contexto agrícola y alimentario desfavorable para la población, un reciente informe de análisis del Sistema de Integración Centroamericana (SICA), indica que hasta el mes de agosto del 2020, 13 departamentos del país (Choluteca, Comayagua, Copán, El Paraíso, Francisco Morazán, Intibucá, La Paz, Lempira, Ocotepeque, Olancho, Santa Bárbara, Valle y Yoro), habían registrado un incremento en su situación de inseguridad alimentaria entre 19 y 32 por ciento[11].

En conclusión, la crisis alimentaria que golpea a la sociedad hondureña es producto de décadas de implementación de políticas agrarias con énfasis en la agroindustria, las que han bloqueado el desarrollo y fortalecimiento de la económica campesina de pequeña escala y la producción de alimentos para el autoconsumo, sobre todo en la producción de granos básicos, vulnerado los principales derechos humanos de la población en relación con el acceso a tierra y el derecho a la alimentación.

II. Principales acciones en la pre-pandemia impulsadas desde la administración Hernández que profundizaron la crisis alimentaria.

En ese contexto de crisis agraria y alimentaria descrito anteriormente (y que se grava con la pandemia del Covid19 en el país), la administración Hernández fue interpelada internacionalmente por no garantizar la alimentación de la población. En el 2017, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales examinó, en el segundo informe periódico a Honduras, la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), enfatizando en una serie de preocupaciones relacionadas a la crisis agraria y alimentaria, elaborando una serie de recomendaciones para que el Estado de Honduras emprendiera acciones para darle respuestas a esos problemas[12].

Cuadro #1

Recomendaciones del Comités DESC, en el 2017, al Estado de Honduras en relación con la seguridad alimentaria.

Principales motivos de preocupación Recomendaciones
1 Desigualdad entre hombres y mujeres –      Medidas necesarias de tipo legislativo y de otra índole, para eliminar la persistente desigualdad entre hombres y mujeres, en relación con el acceso a la tierra.
2 Conflictos sobre tierra y desalojos forzosos –      Medidas necesarias a fin de garantizar el acceso equitativo a la tierra y a derechos agrarios, particularmente de los pequeños productores agrícolas; aumento de la producción agrícola local y mejorar el acceso a mercados locales.
3 Derecho a la alimentación –      Redoblar sus esfuerzos para proteger el derecho a una alimentación adecuada, la situación de inseguridad alimentaria y malnutrición infantil, particularmente en las zonas rurales.

Fuente: Elaboración propia en base al segundo informe periódico de grupos DESC para Honduras, 2017. Pag, 15-27.

La administración Hernández no solo ha hecho caso omiso a esas recomendaciones, sino que en los últimos tres años (antes de la pandemia del COVID-19) implementó una serie de medidas que atentan contra la seguridad alimentaria y soberanía alimentaria de la población. Entre las medidas más importantes sobresalen:

  1. El cierre del Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA), principal inyector de capital hacia los medianos y pequeños productores[13].
  2. La militarización de las políticas agrarias en manos de las Fuerzas Armadas, mediante el PCM-052-2019[14] y,
  3. La negativa de la administración Hernández en implementar el Programa Credimujer, mecanismo que busca cerrar las brechas de exclusión en materia agrícola y alimentaria de las mujeres en la zona rural[15].

Alrededor de esos elementos es importante mencionar las acciones que se han desarrollado desde el movimiento campesino organizado e instituciones públicas de Estado, en el esfuerzo por frenar la aprobación de instrumentos legales que atentan contra los derechos humanos del sector campesino y de la población rural. Ante la aprobación del PCM- Decreto Ejecutivo 052-2019, que otorga a las Fuerzas Armadas de Honduras el manejo del agro, el 14 de noviembre de 2019, organizaciones campesinas aglutinadas en La Vía Campesina- Honduras (LVC-H), interpusieron un Recurso de Inconstitucionalidad para evitar que militares manejen el agro[16]. En esa línea, el 2 de octubre del 2020, el Ministerio Público (MP), mediante un comunicado, expresó que el PCM en mención es inconstitucional ya que violenta la Constitución de la República (Artículo 274 párrafo primero y el Artículo 344), invade las funciones de otras instituciones que están legalmente definidas, ya que de manera ilegal el Ejecutivo le otorga funciones y presupuesto que no le corresponde a las Fuerzas Armadas (FFAA)[17].

Si bien es cierto que ese dictamen no es vinculante, la posición de Ministerio Público presiona a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a fallar en favor de las organizaciones campesinas, ya que el PCM no cumple una finalidad razonable y admisible, desde la perspectiva de preceptos, valores y principios constitucionales.

III. Políticas implementadas en el marco de la pandemia, la agudización de la crisis alimentaria, la respuesta del movimiento campesino y de las organizaciones de mujeres

A pesar de los compromisos internacionales del Estado hondureño con el derecho humano a la alimentación, en el marco de la pandemia el Congreso Nacional de Honduras ha continuado legislando en beneficio del sector agro-empresarial y excluyendo de las políticas públicas a los pequeños y medianos productores responsables de la producción de alimentos para el consumo interno, en la actual crisis del país.

a) Los PCM 030 y 041-2020

El 9 de abril del 2020 fue publicado en el diario oficial La Gaceta, el Decreto Ejecutivo, PCM-030-2020[18] con el que se crea el “Programa de Aseguramiento de la Soberanía y Seguridad Alimentaria”, a través del cual el gobierno declara “Prioridad Nacional” el apoyo al “sector productor de alimentos y agroindustria alimentaria”. Días después, el 10 de mayo, este instrumento jurídico fue reformado por el PCM-041-2020[19].

Cuadro # 2

Contenido básico del PCM 030-2020 y del PCM 041-2020

OBJETIVO
Artículo 3 (PCM-030-2020) Crease el programa de aseguramiento de la soberanía y seguridad alimentaria, adscrito a la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG), con el propósito de lograr el ordenamiento, registro de las unidades de producción nacional de alimentos.
PRINCIPALES ACTORES BENEFICIADOS
Artículo 1 (PCM-030-2020) Se declara prioridad y seguridad nacional, así como de interés públicos de la nación, el sector productor y procesador de alimentos. El poder ejecutivo, el sector transporte, el sector agroindustrial y alimentario y el sector financiero deben esforzarse para que el país cuente con reservas suficientes de alimentos.
EN RELACIÓN CON EL ACCESO A LA TIERRA
Artículo 4 (PCM-041-2020) Se ordena a la Dirección Nacional de Bienes del Estado (DNBE), que en un plazo no mayor de 15 días ponga a la disposición de las Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG), las tierras fiscales, nacionales ejidales que pudiendo dedicarse a la producción agrícola no estén siendo utilizadas, con el objetivo de crear un censo de tierras y para la construcción de represas de agua con la colaboración de INVEST-H.  La SAG puede, bajo contratos de concesión de tierras, ponerlas a disposición de los productores nacionales para la producción de alimentos, se establece un canon de (100.00) lempiras anuales por manzana, por la concesión de tierras, a 20 años y con posibilidad de renovación. Es entendido que las tierras seguirán siendo propiedad del Estado y no serán objeto de reivindicación de ningún tipo.
EN RELACIÓN A LOS PROYECTOS Y PROGRAMAS AGRICOLAS
Artículo 5 (PCM-030-2020) Declarar prioridad nacional los siguientes proyectos para el fortalecimiento de sector agroalimentario: Alianza para el corredor seco, proyecto de competitividad rural de Honduras (COMRURAL), proyecto de seguridad alimentaria en el Sur (ACSPROSASUR), entre otros.
Artículo 14 (PCM-030-2020) La SAG debe de garantizar de los siguientes bonos: Bono de Solidaridad Productiva 200 millones de Lempiras y el bono cafetalero 300 millones de Lempiras.
EN RELACCION AL ACCESO A CREDITO PARA LA PRODUCCIÓN AGRICOLA
Artículo 10 (PCM-030-2020) Instruir a los miembros del comité técnico administrativo del fidecomiso de administración para la reactivación del sector agroalimentario de Honduras, constituido en el Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI), para pueda ejecutar líneas de crédito y asignaciones de recursos para la micro, pequeña y mediana empresa del sector agroempresarial.
Artículo 13 (PCM-030-2020) Se instruye a SEMPRENDE, a gestionar créditos a favor de los productores mediante AGROCREDITO 8.7 que otorga (BANHPROVI), con una suma inicial de 150 millones de Lempiras.
Artículo 24 (PCM-030-2020) Reducción del encaje legal en moneda nacional y extranjera y asignación de recursos a las instituciones del sistema bancario y financiero nacional que vincule directamente al solicitante de nuevos créditos en relación al sistema agroalimentario.
Artículo 25 (PCM-030-2020) Se declara de prioridad y necesidad nacional el diseño, financiamiento, planificación, construcción y operación de los parques agroalimentarios creados de conformidad con el artículo No 47 del Decreto Legislativo No 51-2011, con el objetivo de abastecer la reserva de seguridad alimentaria nacional, pudiendo exportar los excedentes que produzca.

Fuente: Elaboración propia en base a los PCM agrícolas (030-2020 y 041-2020) emitidos en el marco de la pandemia en Honduras

Desde el CESPAD, se han desarrollado distintos análisis[20], veedurías comunitarias[21] y reportajes en profundidad[22], evidenciando cómo los PCMs agrícolas apuntan a reconfigurar la actual política agraria, a través de un mayor control y presencia del sector agroindustrial y agroexportador. Asimismo, con el bloqueo y acceso a alimentos, tierra, crédito y asistencia técnica al sector campesino, pequeños y medianos productores(as), abriendo un nuevo ciclo en la histórica crisis alimentaria del país.

b) Los PCMs agrarios y sus efectos en el derecho a la alimentación

Los PCMs descritos en el cuadro anterior tienen grandes efectos que impactan negativamente en el derecho a la alimentación de los sectores vulnerables y acrecientan las desigualdades en la población rural. Para los fines de este análisis expondremos cinco elementos[23] que profundizan los procesos de inseguridad alimentaria:

  1. Programas agrícolas sin enfoque campesino, indígena y de género.
  2. Desconocimiento de la institucionalidad de vocación campesina.
  3. Reconcentración de la tierra en manos de la élite agro-empresarial.
  4. Créditos agrícolas en manos de la banca privada y su énfasis en la agroindustria y,
  5. Mayor dependencia tecnológica, financiera y genética.

Antes de entrar en detalle sobre los efectos de los PCMs, es importante señalar que el actual proceso de medidas alimentarias y agrícolas se desarrollan en un marco de gestión autoritaria de la crisis, ya que las decisiones han sido exclusivas del Poder Ejecutivo, con el acompañamiento y asesoría de los técnicos y expertos de la SAG, la empresa privada y las mesas de trabajo de gestión de la crisis con amplia influencia del sector agro-empresarial y sin participación de las organizaciones campesinas de base. De igual forma, es importante señalar que sectores del movimiento campesino hondureño, en el mes de febrero del 2020, hicieron pública y socializaron con distintas bancadas del Congreso Nacional la “LEY DE EMERGENCIA PARA LA REACTIVACION DEL SECTOR AGRICOLA, PECUARIA Y FORESTAL PARA EL COMBATE A LA POBREZA”, instrumento de política pública que busca darle respuesta a los problemas de fondo que determinan la crisis agraria y alimentaria del país[24].

i) Programas agrícolas sin enfoque campesino, indígena y de género

En el contenido de los PCMs, resulta preocupante que los sujetos sociales campesinos, indígenas, mujeres campesinas y pequeños productores no se mencionan en el articulado de sujetos que enfrentan una realidad social y problemática específica. La negación de estos actores como sujeto de derechos, tiene grandes implicaciones políticas y estratégicas al momento de concebirse los proyectos y programas que están detrás de las iniciativas agrícolas y alimentarias en los PCMs.

En una entrevista realizada por el CESPAD, el 2 de mayo del 2020, a Rafael Alegría, Coordinador de La Vía Campesina Honduras (LVC-H), para conocer su valoración sobre el PCM-030-2020, expresó que “los programas y proyectos expuestos en los PCMs son la continuación de una serie de programas que se han venido implementando en el país durante los últimos años y que en la práctica no han logrado reducir la pobreza rural, incluir al sector campesino a las redes de producción y comercialización, programas donde prevalecen la producción de alimentos agrícolas para la exportación y una precaria presencia de producción de granos básicos para el consumo interno”.

Desde las organizaciones de mujeres campesinas existe una fuerte crítica hacia los PCMs agrícolas, “debido a la ausencia de un enfoque diferenciado que le dé respuestas a los problemas que les impiden a las mujeres acceder a tierra, crédito y asistencia técnica, en función de avanzar en procesos agrícolas que sean capaces de reducir la brecha de la desigualdad y que garantice alimentos a las mujeres rurales. La posesión de la tierra es uno de los elementos claves para contribuir a la independencia económica de las personas y, en el caso de las mujeres campesinas, la generación de procesos de empoderamiento individual y colectivo”[25].

En conclusión, el desconocimiento del campesino, de los pueblos indígenas, afro-descendientes y las mujeres como sujetos de derechos, se debe a la ausencia de una política pública integral para el sector agrario que priorice acciones agrícolas orientadas a garantizar la producción de alimentos para el autoconsumo, fortalecer las bases de la economía campesina centrada en el ser humano, integradora de las mujeres y la juventud, y que se practique en armonía con el medio ambiente y la naturaleza.

ii) Desconocimiento de la institucionalidad de vocación campesina

Al igual que se desconoce al campesinado como sujeto de derechos, los PCMs no hacen referencia a la institucionalidad pública encargada de promover los procesos de reforma agraria y velar por los intereses del sector campesino. En ese sentido el Consejo para el Desarrollo Integral de la Mujer Campesina (CODIMCA), valora críticamente que “el Instituto Nacional Agrario (INA) y el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA), son las instancias públicas promotoras de los procesos de Reforma Agraria, pero, en los PCMs no figuran como instancias encargadas de la distribución de la tierra y acceso a crédito”[26].

El INA, según mandato legal, es el ente encargado de promover y garantizar la titulación de tierras en Honduras. BANADESA, por su parte, es la instancia financiera encargada de promover y garantizar el financiamiento a los pequeños y medianos productores, mediante facilidades de acceso a créditos, cuotas módicas y a bajos intereses. En el marco de los PCMs se promueve el acceso a tierras a través de la SAG, el acceso al crédito a través de sistema financiero privado y de BANRPOVI, y la dotación de importante asistencia técnica a través de INVEST-H.

Desde La Vía Campesina Honduras se sostiene críticamente que “dichas instancias públicas y privadas históricamente han resguardado y asegurado los intereses de los sectores agro-empresariales y agro-exportadores, a la vez que carecen de credibilidad por ser parte de las redes de corrupción que han malversado fondos públicos”[27]. En el caso de la SAG, se trata de una secretaría implicada en actos de corrupción como el caso La Caja de Pandora”[28], mientras que INVEST-H en la sobrevaloración de los hospitales móviles y equipo de bioseguridad para atender la emergencia sanitaria en el marco de la pandemia[29].

iii) Reconcentración de la tierra en manos de la élite agroempresarial

Los PCMs establecen que el uso de tierras fiscales, nacionales y ejidales, que no se encuentren cumpliendo con su función social, podrá hacerse efectivo mediante una concesión a 20 años, pagándose un canon anual de 100 lempiras por manzanas (Artículo 4, PCM-041-2020). Para la dirigencia de la Central Nacional de Trabajadores del Campo (CNTC), lo anterior es crítico ya que consideran que “las tierras pueden ir a parar a manos de los grandes terratenientes y al control de las grandes empresas agroindustriales, debido a que los PCMs no se refieren a la entrega de tierras al sector campesino, pequeños y medianos productores (as) y no se menciona de forma clara y precisa qué tipo de contratos serán empleados para la utilización de las tierras”[30].

Lo anterior abre un espacio para un proceso de reconcentración de la tierra en manos de empresa agroindustrial y el avance de la frontera agrícola en el país, abriendo un nuevo ciclo de expropiación de tierras y desplazamientos forzados en los sitios de interés, donde probablemente se encuentren comunidades indígenas, garífunas y campesinas. De igual forma, se deja abierta la posibilidad para que los grupos empresariales tengan un mayor acceso y control del territorio, implicando el control y uso irracional sobre el agua, bosques, fauna y recursos naturales.

La reconcentración de la tierra y el control del territorio comprometen derechos humanos de las comunidades rurales, entre ellos el derecho a la vida, acceso a la tierra, derecho a un ambiente sano y el derecho a la alimentación.

iv) Créditos agrícolas en manos de la banca privada y su énfasis en la agroindustria

En el marco de la actual crisis, el Programa Agro-crédito 8.7 figura como el principal programa para que los empresarios y los pequeños productores logren acceder a crédito agrícola y a la asistencia técnica. El 19 de junio del 2020 la presidenta de BANHPROVI, Mayra Falck Reyes, a través de un Webinar, realizó una descripción detallada sobre el programa Agro-crédito 8.7, la cual se expone en el siguiente cuadro:

Cuadro # 3

Características del programa agro-crédito 8.7

¿Qué es Agro-crédito? Es un programa integral de crédito, garantía, asistencia técnica y condiciones para generar acceso e inclusión financiera.
Monto a financiar 3 mil millones de lempiras e incluye un fondo de 525 millones de fondos de garantías.
Destino Sector agroalimentario o agroindustrial y sus cadenas de valor.
Beneficiarios Proyectos agroalimentarios con asistencia técnica, sistemas de riego o proyectos para el consumo local.
Montos a solicitar por rubros Café 10 millones de lempiras
Hortalizas de alto valor 10 millones de lempiras
Cacao y marañón 10 millones de lempiras
Palma aceitera 15 millones de lempiras
Aguacates, críticos y plátanos 15 millones de lempiras
Granos básicos (maíz, frijol, arroz y sorgo) 10 millones de lempiras

 

Fuente: Elaboración propia con base en información presentada por Mayra Falck Reyes en Webinar,  Agrocrédito 8.7, junio 2022. Disponible en: https://ahiba.hn/webinar-agrocredito-8-7/ (Consultado el 10 de octubre del 2020).

Los fondos han sido colocados en distintos bancos del país, cooperativas de ahorro y créditos y en BANHPROVI. Este programa cuenta con un 70% de garantía, lo que significa que si un productor quiere acceder a créditos agrícolas deberá complementar con fondos propios el 30% restante del dinero[31].

En un foro de debate desarrollado desde el CESPAD, el 2 de septiembre del 2020, la dirigencia campesina, organizaciones territoriales y sector académico realizaron una valoración crítica sobre el programa agro-crédito 8.7, de la cual rescatamos los siguientes puntos críticos: Primero, los montos de créditos orientados para el sector agroalimentario están por encima de los créditos otorgados para la producción de granos básicos. Segundo, al revisar los requisitos para acceder a créditos[32] en BANHPROVI y Banco Atlántida se les solicita a los pequeños productores presentar una serie de obligaciones, siendo las más determinantes los estados financieros y escrituras de propiedad. Tercero, más allá de que el fondo de garantías sea atractivo, debido a su condición de pobreza y falta de recursos, al campesinado se le dificulta completar el 30%. Cuarto, en el marco del programa agrícola, el acceso a la asistencia técnica se otorgará en modalidad de préstamo. Sin embargo, la poca asistencia técnica que ofrece la SAG, a través del bono cafetalero y el bono de solidaridad productiva, según la valoración de las organizaciones campesinas, excluyen a los pequeños y medianos productores[33].

Alrededor de las valoraciones de las organizaciones campesinas y sector académico podemos establecer que el programa agro-crédito 8.7% desplaza al sector campesino productor de granos básicos, quienes, por su condición de pobreza y exclusión, no cuentan con el perfil de beneficiarios que establecen las entidades financieras privadas, por lo tanto, son marginados del acceso a créditos y asistencia técnica. En ese sentido el programa agrocrédito 8.7 sigue priorizando la producción agroindustrial y agudizando la crisis alimentaria.

v) Mayor dependencia tecnológica, financiera y genética

Los PCMs promueven una mayor dependencia alimentaria que golpean con fuerza la soberanía y seguridad alimentaria del país:

  1. Dependencia tecnológica, alrededor de una serie de beneficios fiscales y de inversión, la propuesta de construcción de los parques agroindustriales da paso libre para que el capital extranjero y nacional se acredite y controle, en gran medida, parte de la innovación tecnológica y técnica para el desarrollo del agro (Artículo 25, PCM-030-2020).
  2. Dependencia financiera. Los programas y proyectos que se impulsan en el marco de la actual política agraria son financiados a través de préstamos internacionales mediante el Banco Mundial, y el BCIE (Artículo 5 (PCM-030-2020).
  3. Dependencia genética. Se da paso libre para que el sector pecuario acreciente la producción de carne a través de componentes genético (Artículo 14 numeral 2, PCM-O30-2020), “los que impactan negativamente en la salud de las personas que consumen este tipo de alimentos, a la vez que se vuelve a reposicionar el uso de insumos agropecuarios provenientes de Monsanto, organización denunciada internacionalmente por causar daños a la salud y contaminar el medioambiente”[34].

Estos tres mecanismos de generación de dependencias (tecnológica, financiera y genética) agudizan de manera desproporcional la crisis alimentaria y son bloqueos estructurales que impiden el desarrollo de una política agraria con enfoque de derechos.

c) La respuesta del movimiento campesino al PCM-030-2020

En el marco del PCM-030-2020, organizaciones campesinas del país, entre ellas, la Central Nacional de Trabajadores del Campo (CNTC), el Consejo para el Desarrollo Integral de la Mujer Campesina (CODIMCA) y el Consejo Coordinador de Organizaciones Campesinas de Honduras (COCOCH), interpusieron, el 12 de octubre ante la CSJ, un recurso de inconstitucionalidad sobre el PCM-030-2020, considerado un instrumento que atenta contra las familias campesinas y  concesiona las tierras de naturaleza jurídica nacional a la agroindustria[35].

El cuerpo de abogados detrás de esta iniciativa proporcionó al CESPAD el documento de recurso de inconstitucional, en cual se detallan los elementos que permiten dar cuenta sobre la inconstitucionalidad del PCM-030-2020:

Cuadro #4

Puntos para comprender la inconstitucionalidad del PCM-030-2020

Puntos inconstitucionales del PCM-030-2020 Valoraciones según el Recurso de Inconstitucionalidad
Se violenta claramente el artículo 344 y 345 de la Constitución que trata sobre la Reforma Agraria Integral. El PCM en mención centraliza el programa agrícola en manos de la SAG y no se reconoce el rol que debe jugar la institucionalidad pública agraria y las organizaciones campesinas.
Concesionamiento ilegal de las tierras en beneficio del sector agroindustrial nacional e internacional. El PCM promueve la concentración de la tierra en beneficio del sector agroindustrial y bloquea el acceso a la tierra al sector campesino, violentando el artículo 344 de la constitución.
Beneficios fiscales inconstitucionales al sector agroempresarial y agroexportador El PCM pretende otorgar fondos a una sola Secretaría de Estado, cuando la reforma agraria habla de un proceso integral de país, en el que deberían estar coordinadas con las secretarías relacionadas con el tema de la producción agropecuaria.
Desconocimiento del INA como el ente especializado en llevar a cabo un verdadero proceso agrario. El PCM centraliza el programa agrícola en la SAG, y desconoce el estatus constitucional del INA como la instancia de promover y desarrollar el proceso de Reforma Agraria.

Fuente: Elaboración propia en base al Recurso de Constitucionalidad contra el PCM-030-2020. Pág. 1-6

El recurso de inconstitucionalidad ataca los puntos críticos que se plantearon en el apartado anterior, sobre los efectos del PMC en el derecho a la alimentación, en relación a la reconcentración de la tierra, el desplazamiento de la institucionalidad de vocación agrícola, ausencia de reconocimiento del sujeto campesino y la producción agrícola enfocada en la agroindustria.  El recurso posiciona estratégicamente al movimiento campesino, a la vez que presiona a la CSJ a tomar una postura política sobre la actual dinámica de la política agraria.

d) La respuesta de las organizaciones de mujeres ante la inseguridad alimentaria

De igual forma, las organizaciones de mujeres se han manifestado públicamente posicionando en el espacio público la ausencia de políticas agrarias que den respuesta a la inseguridad alimentaria que golpea a las mujeres en la actual pandemia. En ese marco, han realizado un fuerte proceso de incidencia en el seno del Congreso Nacional (CN), teniendo como resultado la aprobación del Decreto No. 2-2020, titulado “MEDIDAS ESPECIALES DE DIFUSIÓN, PREVENCIÓN, Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y ACCIONES PARA GARANTIZAR LA IGUALDAD DE GÉNERO, DURANTE LA VIGENCIA DE LA EMERGENCIA NACIONAL DECLARADA A RAÍZ DE LA PANDEMIA COVID-19”[36].

Es de importancia mencionar que el Decreto en mención, en su artículo 7, obliga a “las  municipalidades  a  nivel  nacional a priorizar el uso de las transferencias del Estado que reciban para la atención de  la  Pandemia  por  COVID-19,  para  brindar  seguridad  alimentaria  a  las  mujeres  que  son  madres  solteras  y  jefas  de  hogar,  así  como  a  aquellas  mujeres  de  la  tercera  edad,  indígenas,  afrodescendientes,  trabajadoras  domésticas  remuneradas  que  han  sido  desempleadas  y  a  operadoras  de  casas  refugio que se encuentren en estado de vulnerabilidad”.

Recomendaciones[37]

Es urgente actuar de manera inmediata y eficaz para revertir los factores negativos que impiden la reactivación agrícola y la seguridad alimentaria en la zona rural del país. Ello hace necesario que el Estado, en conjunto con las organizaciones campesinas y el sector agroalimentario, emprendan la construcción de una política pública agrícola integral enmarcada en preceptos constitucionales y otras normas de carácter nacional e internacional, tales como acuerdos, convenios, pactos y tratados internacionales. En esos términos se recomienda:

  1. Impulsar una nueva política pública agraria orientada a resolver la crisis en el agro, el déficit de producción y productividad alimentaria; los efectos del cambio climático, la migración acelerada y los altos niveles de pobreza, conforme a lo que establecen la Constitución de la República, los pactos y convenios internacionales en materia agrícola y alimentaria, que declaran la necesidad y utilidad pública la reforma agraria, la soberanía alimentaria y el desarrollo rural integral. Lo anterior pasar por derogar los PCMs, en materia agrícola, que profundizan la crisis agraria y alimentaria: 052-2019, 030-20202 y 041-2020
  2. Garantizar el acceso y legalización de la tierra. Es importante resolver con urgencia la mora agraria, constituyendo una Comisión Especial, integrada por el Instituto Nacional Agrario (INA), el Consejo Nacional Agrario (CNA), y organizaciones campesinas, indígenas y garífunas. Esa Comisión será la encargada de elaborar el inventario de expedientes que constituye la mora agraria, que se encuentran pendientes de resolución final, para beneficiar y estabilizar a mujeres y jóvenes en el campo, en tierras nacionales, ejidales, fiscales, tierras aseguradas y administradas por la OABI y las tierras que no cumplan con la función social. De igual forma, esa Comisión deberá de impulsar la construcción de un Censo Nacional de Tierras para conocer la disponibilidad de tierras nacionales, ejidales, fiscales y privadas que no estén cumpliendo con su función social, con el objetivo de que se entreguen a las comunidades rurales, indígenas, campesinas, garífunas y generar las condiciones para que las mujeres puedan acceder a la tierra y ser propietarias.
  3. Garantizar el acceso integral a la asistencia técnica para la reactivación productiva agroecológica construyendo y reactivando los sistemas de riego masivos, tecnificados o artesanales, utilizando los recursos disponibles en las comunidades y al menor costo posible. La asistencia técnica, deberá de promover el cambio del modelo de producción agrícola actual por un modelo de producción de la pequeña y mediana escala para la producción agroecológica, estimulando la producción, conservación e intercambio de semillas criollas, abonos orgánicos, conservación de suelo, agua y aire; reordenar el sistema de producción y manejo de ganadería intensiva e industrial; prohibirse el uso de agroquímicos altamente tóxicos con el fin de reducir las consecuencias del efecto invernadero y que agudizan el cambio climático.
  4. Promover el acceso y control del territorio en beneficio de comunidades indígenas y garífunas. A algunas de estas comunidades cuentan con títulos ancestrales, mientas otras, que emprenden procesos de acceso y legalización de la tierra, se les bloquea esa posibilidad debido a que se encuentran en tierras de vocación forestal. En ese sentido, las tierras ancestrales, Estatales o privadas de vocación agroforestal que están ocupadas por pueblos originarios y garífunas, deben adjudicarse a su favor, previo a la elaboración de un plan de manejo o co- manejo, con el apoyo del Instituto de Conservación Forestal (ICF), y la participación de las organizaciones territoriales.
  5. Acceso a crédito especial para pequeños y medianos productores para la producción agrícola. Otorgar crédito agrícola a los pequeños y medianos productores al 0% de interés por cinco años consecutivos, con preferencia a los afectados por la pandemia del COVID-19, la sequía, el cambio climático y por políticas públicas excluyentes. Para este fin, se recomienda crear un fondo especial de mil millones de lempiras (L. 1, 000, 000, 000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, más los fondos en fideicomiso para este propósito que maneja la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y las propias instituciones del sector público agrícola.
  6. Activar integralmente el Programa CREDIMUJER, dotándolo del presupuesto demandado por las organizaciones de mujeres y fortalecer la institucionalidad de esa dependencia para que responda a las demandas de las mujeres rurales, indígenas y campesinas. La activación y ejecución deberá de contar con la participación de las organizaciones de mujeres, quienes tendrán en todo momento el acompañamiento y asesoría técnica de las dependencias del Estado, requeridas para alcanzar los objetivos del programa.
  7. Promover una nueva institucionalidad rectora de la cuestión agrícola y alimentaria: Avanzar en la construcción de la Secretaría de Estado en los despachos de la Reforma Agraria, en sustitución de la dirección ejecutiva del INA, cuya función principal sea la de ejecutar y cumplir los mandatos de la constitución de la República y leyes secundarias, relacionadas con la reforma agraria, seguridad alimentaria y soberanía alimentaria. En esa misma dirección estratégica, es importante promover la construcción del Consejo Nacional de la Producción Agrícola, con el objetivo de promover de manera estratégica los procesos de seguridad alimentaria y el desarrollo integral del agro, orientado a incrementar la producción y productividad, generar empleo, evitar las migraciones masivas y el combate a la pobreza en el área rural.
  8. Suspender los proyectos extractivos y abrir procesos de investigación hacia los actores responsable de ejercer violencia en los territorios: En el actual contexto se siguen extendido licencias ambientales y la suspensión de las garantías constitucionales está generando una fuerte ola de violencia en los territorios donde existen luchas por la defensa de los bienes comunes naturales y por el acceso a la tierra. En ese sentido, es importante suspender los proyectos extractivos y abrir procesos de investigación que permitan esclarecer los asesinatos de personas defensoras del territorio y acciones de persecución penal contra las personas responsables de criminalizar y ejercer violencia hacia el liderazgo territorial.

Descargar: Tercer Informe de Monitoreo de la Gestión Pública WEB

Esta es una publicación que forma parte del proyecto: “Veeduría ciudadana anticorrupción y el legado de la MACCIH”, apoyado por Abogados sin fronteras Canadá (ASFC) y OXFAM. Sin embargo, las ideas aquí expresadas no representan a estas organizaciones ni los donantes que las apoyan y son responsabilidad exclusiva del CESPAD.

[1] Instituto de Nutrición para Centroamérica y Panamá (INCAP), Seguridad Alimentaria y Nutricional Conceptos Básicos, 2002.

[2] Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional (2010-2022). https://www.paho.org/hon/index.php?option=com_docman&view=download&alias=227-estrategia-de-seguridad-alimentaria-y-nutricional&category_slug=documentos-estrategicos&Itemid=211

[3] FAO, 2020. The State of Food Security and Nutrition in the World 2020. Transforming food systems for affordable healthy diets. Rome, FAO. Pag 171. http://www.fao.org/3/ca9692en/CA9692EN.pdf

[4] Encuesta Nacional de Demografía y Salud (ENDESA), 2012. Pag 45. https://www.ine.gob.hn/images/Productos ine/endesa/Informe Resumen ENDESA.pdf

[5] Ídem

[6] Para un mayor abordaje sobre las políticas neoliberales y su impacto en el agro, véase: 50 años de institucionalidad agraria en Honduras: rupturas y continuidades. CESPAD, febrero de 2018. https://cespad.org.hn/2018/02/06/50-anos-de-institucionalidad-agraria-en-honduras-rupturas-y-continuidades/

[7] Encuesta Nacional de Demografía y Salud (ENDESA), 2012. https://www.ine.gob.hn/images/Productos ine/endesa/Informe Resumen ENDESA.pdf

[8] Pequeños productores de granos básicos en América Central, Cuantificación, caracterización, nivel de ingresos, pobreza, y perfiles demográficos, socioeconómicos y ocupacionales, FAO, 2015. Pag, 9. http://www.fao.org/3/a-au202s.pdf%20

[9] Christian Derlagen, Análisis de políticas agropecuarias en Honduras, BID, 2019. Pag, 12. https://publications.iadb.org/publications/spanish/document/An%C3%A1lisis_de_pol%C3%ADticas_agropecuarias_en_Honduras.pdf

[10] Instituto Nacional de Estadística (INE), Encuesta Básica Agropecuaria, 2015. http://170.238.108.229/index.php/catalog/45/export

[11] Honduras: 13 departamentos en condición de crisis por inseguridad alimentaria. Diario Tiempo Digital, 6 de septiembre de 2020, https://tiempo.hn/honduras-13-departamentos-condicion-crisis-inseguridad-alimentaria/

[12] Asociación de Jueces por la Democracia (AJD), Observaciones finales sobre el segundo informe periódico de Honduras, 2017. Pag, 15-27. https://juecesporlademocracia.org/wp-content/uploads/media/observaciones-finales-cescr-honduras-2016.pdf

[13] Crisis financiera en BANADESA: la quiebra que también habla de corrupción, Contracorriente, 2020. https://contracorriente.red/2020/02/07/crisis-financiera-en-banadesa-la-quiebra-que-tambien-habla-de-corrupcion/

[14] Decreto Ejecutivo PCM-052-2019. La Gaceta, Diario Oficial de la República de Honduras, 18 de octubre del 2019. https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/PCM-052-2019.pdf

[15] Honduras: “Solo la fuerza de nuestro movimiento y la solidaridad podrá enfrentar el machismo y el patriarcado hasta erradicarlo” La Vía Campesina, 2019. https://viacampesina.org/es/honduras-solo-la-fuerza-de-nuestro-movimiento-y-la-solidaridad-podra-enfrentar-el-machismo-y-el-patriarcado-hasta-erradicarlo/

[16] Honduras: Interponen Recurso de Inconstitucionalidad para evitar que militares manejen el agro. Pasos de Animal Grande, 14 de noviembre del 2019,  https://www.pasosdeanimalgrande.com/index.php/de/contexto/item/2611-honduras-interponen-recurso-de-inconstitucionalidad-para-evitar-que-militares-manejen-el-agro

[17]Ministerio Público, 2 de octubre del 2020, https://www.mp.hn/index.php/author-login/164-octubre2020/6399-comunicado-sobre-dictamen-decreto-ejecutivo-pcm-052 2019?fbclid=IwAR0tNqPvzAa82Bv47jn2V_CkN2EuDm5BUv0pN0sbGpYCkrj7rG1CvTDm9wU

[18] Decreto Ejecutivo PCM-030-2020. La Gaceta, Diario Oficial de la República de Honduras, 9 de abril del 2020. https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/PCM-030-2020.pdf

[19] Decreto Ejecutivo PCM-041-2020. La Gaceta, Diario Oficial de la República de Honduras, 10 de mayo del 2020. http://transparencia.scgg.gob.hn/descargas/03_Decreto_Ejecutivo_No._PCM-041_42_43_y_Acuerdo_No._41-2020.pdf

[20] El PCM-030-2020 y la agudización de la Crisis alimentaria en Honduras. CESPAD, abril de 2020. http://cespad.org.hn/wp-content/uploads/2020/05/CoyunturaTerritorios PCM030CrisisAlimetaria042020.pdf

[21] ¿Por qué no han llegado los programas para combatir la crisis alimentaria en Zacate Grande? CESPAD, mayo de 2020. http://cespad.org.hn/wp-content/uploads/2020/06/ZacateGrande-CESPAD2020.pdf

[22] ¿En manos de quién están los 8 mil millones de lempiras emitidos para el agro en Honduras?, CESPAD, agosto de 2020. http://cespad.org.hn/wp-content/uploads/2020/07/Veedur%C3%ADa3 CESPADAgro.pdf

[23] Estos elementos los he expuestos en diversos análisis desde CESPAD, sin embargo, en este análisis, se han replanteado algunos elementos y agregados nuevos puntos de análisis. Véase: https://cespad.org.hn/2020/05/18/reporte-semanal-4-covid-19-y-la-crisis-de-los-derechos-ciudadanos-en-honduras-la-contrarreforma-agraria-en-tiempos-de-covid-19/, y , http://cespad.org.hn/2020/05/05/coyuntura-desde-los-territorios-el-pcm-030-2020-y-la-agudizacion-de-la-crisis-alimentaria-en-honduras/#_ftn1

[24] Organizaciones campesinas presentan propuesta para superar la crisis agraria, alimentaria y ambiental de Honduras, CESPAD, Tegucigalpa, Honduras, 5 de febrero, 2020. https://cespad.org.hn/2020/02/05/organizaciones-campesinas-presentan-propuesta-para-superar-la-crisis-agraria-alimentaria-y-ambiental-de-honduras/

[25] Las mujeres campesinas hondureñas nos enseñan “cómo se pegan botones”, CESPAD, Tegucigalpa, Honduras 21 de julio, 2020. https://cespad.org.hn/2020/07/21/las-mujeres-campesinas-hondurenas-nos-ensenan-como-se-pegan-botones/

[26] Foro virtual: Ante el PCM-030-2020 cual es la propuesta de los campesinos y campesinas en Honduras. https://www.facebook.com/watch/live/?v=888718684949501&ref=watch_permalink

[27] Expresión vertida por Wendy Cruz en foro virtual: ¿En manos de quién están los 8 mil millones de lempiras emitidos para el agro en Honduras?, CESPAD, 2 de septiembre, 2020.

[28] Caso Pandora: 120 involucrados en millonario desvío de la SAG, Diario La Prensa, 24 de junio de 2018, https://www.laprensa.hn/honduras/1191122-410/caso-pandora-millonario-sag-corrupcion-honduras-fraude-

[29] Los actos de corrupción en INVEST-H durante la emergencia son «inocultables» dice analista, Radio América, 3 de agosto de 2020, http://www.radioamerica.hn/corrupcion-invest-h-inocultable/

[30] Las tierras y cosechas de las familias campesinas peligran con el COVID, PBI, Tegucigalpa, Honduras, 2020. https://pbi-honduras.org/es/news/2020-04/las-tierras-y-cosechas-de-las-familias-campesinas-peligran-con-el-covid

[31] BANHPROVI, tiene recursos financieros para ejecutar las nuevas medidas para la reactivación y recuperación del sector productivo y de la Mipyme, Casa Presidencial, Tegucigalpa, Honduras, 23 de abril, 2020. https://presidencia.gob.hn/index.php/sala-de-prensa/7259-banhprovi-tiene-recursos-financieros-para-ejecutar-las-nuevas-medidas-para-la-reactivacion-y-recuperacion-del-sector-productivo-y-de-la-mipyme

[32] Sobre los requisitos para acceder a los fondos de programa agrocrédito 8.7, véase: http://banhprovi.gob.hn/BANHPROVI/agropecuarioP.html, y, https://bancatlan.hn/banca-pyme/prestamo-agrocredito.php

[33] Los programas para la seguridad alimentaria de JOH, que excluyen a los pequeños campesinos de Honduras, El caso CNTC-La Paz. CESPAD, junio del 2020. Pág. 20-22. http://cespad.org.hn/wp-content/uploads/2020/06/Veedur%C3%ADa-LaPazFinalCESPAD-1.pdf

[34] Expresión vertida por Rafael Alegría de (LVC-H) en foro virtual: ¿En manos de quién están los 8 mil millones de lempiras emitidos para el agro en Honduras?, CESPAD, 2 de septiembre, 2020.

[35] Central Nacional de Trabajadores del Campo (CNTC), 12 de octubre del 2020. Presentación del recurso de inconstitucional en contra del PCM 030-2020. Recuperado de: https://www.facebook.com/cntc.campesinos/posts/1474389806103425

[36] Decreto No. 2-2020. La Gaceta, Diario Oficial de la República de Honduras, 25 de agosto del 2020. https://tzibalnaah.unah.edu.hn/bitstream/handle/123456789/12853/20200825.pdf?sequence=2&isAllowed=y

[37] Las recomendaciones que se expresan en este apartado, en parte han sido tomadas de la propuesta de LEY DE EMERGENCIA PARA LA REACTIVACION DEL SECTOR AGRICOLA, PECUARIA Y FORESTAL PARA EL COMBATE A LA POBREZA, elaborada por distintas organizaciones campesinas del país y dada a conocer a la sociedad hondureña en febrero del 2020.