Análisis Semanal | Honduras: La oposición política sale de su confinamiento e intenta detener el nuevo Código Penal

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Foto: Criterio HN

Por: Eugenio Sosa, sociólogo e investigador del CESPAD

28 de junio 2020

A continuación se presenta el análisis del principal acontecimiento semanal del país, desde la perspectiva del CESPAD.

EL HECHO POLÍTICO

El 24 de junio en un hecho, poco usual e incluso inédito, las fuerzas políticas de oposición (partidos LIBRE, Liberal, PINU y Alianza Patriótica), lograron reunirse en una sesión extraordinaria del Congreso Nacional[1], conformaron una junta directiva temporal[2] y abrogaron el nuevo Código Penal antes de que entrara en vigencia el 25 de junio del 2020. De esta manera, la oposición política salió de su auto-confinamiento, sorprendiendo  a diferentes sectores de la sociedad hondureña. Según trascendió se lograron reunir 67 representantes, diputadas y diputados  propietarios, constituyendo una mayoría simple.

La justificación legal de la oposición política es que el presidente y candidato presidencial por el Partido Nacional, Mauricio Oliva, se negó a convocar al Congreso Nacional para discutir la entrada en vigencia del nuevo Código Penal; entonces, la oposición invocó el artículo 191 de la Constitución de la República, donde se establece que: “un número de cinco diputados podrá convocar extraordinariamente al Congreso Nacional para sesionar en cualquier lugar de la República, cuando el Ejecutivo, otra autoridad, fuerza mayor o caso fortuito, impidan su instalación o la celebración de sus sesiones”[3].

EL CONTEXTO

La abrogación del nuevo Código Penal por las bancadas de oposición, se produce en un contexto complejo, de crisis y de vulnerabilidad nacional. En primer lugar, el nuevo Código Penal es rechazado por gran parte de las organizaciones de la sociedad civil, algunos sectores empresariales y amplios sectores de la ciudadanía, por considerar que es un instrumento jurídico penal que favorece las redes de corrupción y del crimen organizado, mientras que criminaliza algunos derechos, como el derecho a la protesta. En segundo lugar, se produce cuando la pandemia COVID-19 está en expansión, con tendencias crecientes de los casos positivos, de los fallecidos y con los centros hospitalarios colapsados. A lo anterior hay que agregar, el fracasó el plan de “reapertura inteligente de la economía”. En tercer lugar, se produce cuando la corrupción en el contexto de la pandemia COVID-19, se ha hecho más evidente, sobre todo en el caso INVEST-H y la compra de los hospitales móviles.

También se produce cuando el presidente Juan Orlando Hernández se ha declarado hospitalizado por dar positivo COVID-19, ante una ciudadanía mayoritaria que no le cree y lo consideran una “jugada política”, ante su fracaso frente a la gestión política de la pandemia. Además, en las declaraciones públicas que ha dado, en ningún momento ha mencionado los casos de corrupción tanto en INVEST-H, como otros. El hecho también se produce en el momento en que los médicos y los trabajadores de la salud reactivan las protestas exigiendo se gestione de manera eficiente la pandemia y expresando su malestar por haber abierto la economía, cuando la tendencia  de los contagios ya iba en ascenso.

De manera general, este hecho político se produce en un contexto de agudización de la crisis general del país, que incluye la crisis de la pandemia COVID-19 y sus consecuencias. Pero además, se produce en el contexto de  amplia percepción ciudadana de que el Gobierno ha perdido el control de la gestión de la pandemia y de sus consecuencias, y  que lo único que hace es aprovecharse a través de la persistencia y escalamiento de la corrupción  y la impunidad.

LA DINÁMICA DE LOS ACTORES

Los protagonistas principales son las bancadas de diputados de las fuerzas políticas de oposición que lograron coincidir en el objetivo de la abrogación del nuevo Código Penal. Una pregunta común a ciertos análisis es ¿qué hizo posible la coincidencia de diferentes fuerzas de oposición o si hubo un actor más allá de ellos mismos que los llevó a coincidir? Los análisis desde las teorías de la conspiración, sostienen que se trata de la embajada de los Estados Unidos. Esta mirada proviene desde actores sociales o políticos que se auto-consideran progresistas. Una segunda mirada, que proviene más de sectores conservadores, aunque no sólo, asume que hay negociaciones secretas entre Juan Orlando Hernández y el ex –presidente José Manuel Zelaya Rosales que pueden producir este tipo de acuerdos, ya que podrían coincidir sus intereses en algunos puntos, como la convocatoria e instalación de una Asamblea Nacional Constituyente.

No existen evidencias, debido a lo reciente de los acontecimientos, la falta de información y la ausencia de investigación, impide negar o ratificar las posturas explicativas anteriores. El problema es que estas posturas muchas veces se asumen como recursos para explicar fenómenos políticos complejos. Muchas veces estas explicaciones contribuyen a mantener opaca la realidad y llevan a posturas y acciones políticas equivocadas que terminan haciendo mucho daño a los procesos de cambio[4].

Volviendo a la pregunta, ¿qué posibilitó  que los actores de oposición lograran coincidir y actuar juntos?  Sin que sea una explicación contundente y sin  tener  pretensiones de agotar la discusión, hay dos factores que están en la base de este  hecho político de la oposición: 1) La corrupción abierta y el fracaso  que está teniendo el Gobierno del Partido Nacional en la gestión de la pandemia COVID-19, lleva a que casi nadie quiera compartir la tragedia humana de las dimensiones todavía desconocidas a que puede estar llevando  su  mala gestión en el combate a la pandemia. 2) El clamor popular de la sociedad hondureña porque no entre en vigencia el nuevo Código penal y la condena generalizada a la corrupción e impunidad en tiempos de COVID-19. Para fuerzas políticas de oposición desoír el clamor popular en un contexto pre-electoral no es prometedor.

Los diputados del Partido Nacional, viéndose sorprendidos, reaccionaron diciendo que la convocatoria de la oposición era ilegal, que el nuevo Código entraría en vigencia al día siguiente como estaba previsto, y procedieron a solicitar ante el Ministerio Público requerimiento fiscal por abuso de autoridad y otros cargos, para los cinco diputados que convocaron a la reunión extraordinaria del Congreso Nacional de la República. Contrario a la posición de los diputados nacionalistas, fue la posición del Presidente del Partido Nacional, Reynaldo Sánchez, quien sostuvo que el nuevo Código Penal no debía entrar en vigencia. Sin embargo, Mauricio Oliva le respondió que esa era una posición personal, no institucional del Partido Nacional.

Lo que más llamó la atención fue la posición del Poder Ejecutivo, quien, el mismo día de la abrogación del nuevo Código Penal por la oposición,  a través del Secretario de la Presidencia, Ebal Díaz, se pronunció afirmando que el Presidente Juan Orlando consideraba que no era el momento oportuno para la entrada en vigencia del nuevo Código Penal. El 26 de junio Ebal Díaz, Secretario de la Presidencia, envió una carta el Secretario del Congreso Nacional, Tomás Zambrano, en nombre del Presidente de la República y del Poder Ejecutivo, en la que solicitan “someter a debate la derogación total del Código Penal o en su caso, reformas profundas con la participación y consenso de todos los sectores sociales y políticos de nuestro país”[5]. ¿Cómo explicar esta posición del Poder Ejecutivo y más específicamente de Juan Orlando Hernández en relación al nuevo Código Penal? Tres factores  contribuyen  a esta posición, quedando abiertas otras posibilidades: 1) La búsqueda de “oxigenarse políticamente”, ante uno de sus momentos críticos de su legitimidad política. 2) Los intereses  del Departamento de Estado en torno a mantener altas las penas sobre corrupción y crimen organizado. 3) diferentes intereses políticos electorales por la disputa de la candidatura presidencial en el Partido Nacional entre Mauricio Oliva, Presidente del Congreso Nacional y Juan Orlando Hernández, del Poder Ejecutivo.

La abrogación del nuevo Código Penal por parte de las bancadas de oposición concitó  un amplio respaldo popular y ciudadano.  Incluso fue defendido y aplaudido por gremios empresariales como la Cámara de Comercio e Industrias de Cortes (CCIC) y la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa (CCIT). Organizaciones de la sociedad civil, como el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) y la Coalición Contra la Impunidad (CCI) también respaldaron la decisión de las bancadas de oposición. De alguna manera, por las diferentes interpretaciones e intereses políticos que puedan existir, puede ser discutible la legalidad de la reunión de los diputados de oposición, pero lo que no puede ser desconocida es la alta legitimidad que tiene en la sociedad hondureña.

RESULTADO  Y PERSPECTIVAS

Finalmente, por la vía de los hechos, el nuevo Código Penal entró en vigencia el 25 de junio del 2020 como estaba previsto. Por el momento, la oposición política, aunque haya logrado constituir una mayoría, no logró imponer su voluntad política. La Corte Suprema de Justicia, ya está trabajando en base al nuevo Código Penal. Un resultado diferente y sus perspectivas, está determinado por dos factores centrales: Por un lado,  el desmarque o ruptura que pueda tener  Juan Orlando Hernández, Poder Ejecutivo,   con Mauricio Oliva, Poder Legislativo. Y, por otro lado, el nivel de cohesión y solidez que tengan las bancadas de oposición para mantenerse como mayoría legislativa y seguir presionando hasta lograr el objetivo.

En el primer factor, ha quedado evidenciado que las diferencias entre Juan Orlando Hernández y Mauricio Oliva, por el momento, están muy lejos de llegar a la ruptura política. Ejemplo de la anterior es que el Ejecutivo solicitó la  derogación o las  reformas consultadas con los diferentes sectores sociales y políticos; por tanto, no fue contundente en solicitar la derogación como única opción, sino que abrió  la puerta a la ambigüedad de las reformas. Queda demostrado, que el pacto de impunidad entre Juan Orlando Hernández, Mauricio Oliva y otros del gobierno nacionalista, sigue siendo su instrumento principal de cohesión. El segundo factor, referido a la solidez y cohesión de la oposición, ésta quedará demostrada en la próxima reunión del Congreso Nacional, ya que si son mayoría podrían obligar a la Junta Directiva y a la bancada nacionalista a someter a derogación el nuevo Código Penal. Esto no es nada fácil, pues con la capacidad de chantaje (con dinero y otros mecanismos) que tiene y maneja la Junta Directiva del Congreso Nacional ha demostrado que pueden modificar los votos de las bancadas de oposición. Sin embargo, queda la esperanza de que las fuerzas políticas de oposición estén dando un salto de calidad política, y que el esfuerzo por abrogar el nuevo Código Penal en la sesión del 24 de junio sea un punto partida para abordar nuevas demandas ciudadanas en el Congreso Nacional, y no un esfuerzo fallido más.

Referencias

[1] Los diputados convocantes fueron: Los diputados Luis Redondo, Doris Gutiérrez, David Reyes, Tomás Ramírez del PINU-SD y Jorge Cálix del Partido Libertad y Refundación (LIBRE).

[2][2] Esta junta directiva quedó integrada por: Presidente Dennis Castro Bobadilla del Partido Alianza Patriótica, vice-presidente: Doris Gutiérrez, David Reyes y Luis Furentes del PINU-SD, secretarios: Jorge Cálix de LIBRE y Sobeida Andino del Partido Liberal. https://criterio.hn/historico-congreso-extraordinario-decide-abrogar-nuevo-codigo-penal-en-honduras/

[3] Artículo 191 de la Constitución de la República de Honduras.

[4] Es importante en el análisis de los actores considerar algunas premisas que la sociología ha enseñado a lo largo de su historia como ciencia. Una. Los actores (personas, instituciones, organizaciones, movimientos sociales, partidos políticos, etc.) no son robots que actúan de manera mecánica y programada, por el contrario, por mucha dominación, subordinación y control a que estén sometidos, siempre tienen grados y espacios de autonomía y libertad. Esto es precisamente, lo que les permite producir acciones políticas.  Las acciones en general, y las acciones políticas en particular tienen un accionar racional  (actúan siguiendo lineamientos racionales como la persecución de objetivos, metas y definición de estrategias); sin embargo, gran parte de sus acciones son no intencionales. Además, ningún actor puede tener control total de la situación y de los otros actores, por lo que las acciones aun cuando sean racionales, producen lo que se conoce como “las consecuencias no deseadas de la acción”.

[5] Oficio SDP No. 162-2020. El argumento central del Poder Ejecutivo en el oficio es el siguiente: El Poder Ejecutivo, especialmente el Gabinete de Seguridad y Defensa, ve con preocupación que la normativa contenida en el Código Penal representa un debilitamiento de los operadores de justicia en la lucha contra el crimen organizado y el combate a la violencia, por ello, previo a su sanción acordamos con las autoridades del Congreso Nacional hacer reformas profundas y antes de su entrada en vigencia, propusimos al seno de este Poder del Estado reformas en ese sentido que desafortunadamente no fueron atendidas. El crimen organizado, así como las maras y pandillas han causado en los últimos diez años más de 67 mil muertes, el Código Penal es sin duda un instrumento sumamente necesario para combatir este flagelo, en el mismo hay otros elementos del Código Penal que preocupan a varios sectores de la ciudadanía hondureña.