Así funciona la corrupción y los pactos de impunidad en Honduras

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Por: CESPAD

Un recorrido histórico y un análisis de las situaciones que cimentaron la corrupción e impunidad en Honduras, al igual que la construcción que han hecho las elites de poder en el país, de los pactos de impunidad que les blinda del alcance de la justicia, realizó el Centro de Estudios para la Democracia (CESPAD), en el foro virtual “Así funciona la corrupción y los pactos de impunidad en Honduras”.

En el foro participaron el sociólogo e investigador del CESPAD, Eugenio Sosa, quien a partir del documento “Honduras: La corrupción en el contexto de la pandemia y los desafíos de la UFERCO”, analizó la dinámica de la corrupción en el país. Asimismo, Edy Tábora, miembro del Bufete Justicia para los Pueblos (BJP), hizo un recorrido en el tiempo, sobre cómo los grupos de poder han construido un blindaje perfecto con la aprobación, reformas y abolición de leyes que han creado los que llama “Los Pactos de Impunidad para proteger la Corrupción en Honduras”.

A la participación de Sosa y Tábora se sumó el análisis de contexto de país, desde una mirada foránea, que realizó la doctora Ana María Calderón Boy, ex vocera de la Misión de Apoyo contra la Corrupción (MACCIH), y quien ha tenido una trayectoria en Perú, su tierra natal, como fiscal de carrera por más de tres décadas, desempeñándose en el área anticorrupción y antidrogas, logrando desarticular importantes redes criminales de corrupción y criminalidad organizada en ese país sudamericano.

Honduras: La corrupción en el contexto de la pandemia y los desafíos de la UFERCO

Eugenio Sosa, sociólogo e investigador del CESPAD, analizó tres hechos que destacan en la dinámica de la corrupción y la impunidad en el contexto pos-MACCIH y en el marco de la COVID-19: la orden del Poder Judicial de repetir el juicio oral y público de la ex-Primera Dama; la entrada en vigencia del nuevo Código Penal, y el sobreseimiento definitivo que dictó una Corte de Apelaciones del Poder Judicial a 22 de los 26 implicados en el “Caso Pandora”, entre los que figuraban diputados que, incluso, actualmente están en funciones ninguno de ellos estuvo en prisión.

A estas situaciones, el sociólogo agrega los otros casos que presentó la MACCIH y que también están quedando en la impunidad: Red de Diputados, Pacto de Impunidad y el Fraude Sobre el Río Gualcarque. A criterio de Sosa, lo que se puede rescatar de la lucha contra la corrupción en el contexto pos-MACCIH, es que la Unidad Fiscal Especial Contra Redes de Corrupción (UFERCO), sigue con las líneas de investigación y con el legado de la MACCIH-UFECIC. Se suma el trabajo de investigación y auditorías sociales de las organizaciones de la sociedad civil que ha recobrado fuerza en los últimos meses desde el inicio de la pandemia por COVID-19.

En su análisis, Sosa afirma que el Estado es el encargado de garantizar los derechos humanos a sus ciudadanos. Pero, por el contrario, en Honduras, es el mayor promotor de violaciones a los derechos humanos ya que la corrupción afecta a los más pobres porque desvía los fondos destinados al desarrollo, socava la capacidad de los gobiernos de ofrecer servicios básicos, alimenta la desigualdad y la injusticia y desalienta la inversión. Y para enfrentar el flagelo de la corrupción es necesario desarrollar e implementar en los distintos niveles de gobierno una serie de políticas públicas que permitan consolidar una estrategia integral de lucha contra la corrupción con enfoque de Derechos Humanos.

Durante la pandemia de COVID-19, los hechos de corrupción han continuado de manera abierta y sistemática, agrega, ante un Ministerio Público que actúa de manera lenta y hasta tardía.

La salida de la MACCIH y la desarticulación de la UFECIC han significado un duro golpe a la lucha contra la corrupción y se están produciendo grandes retrocesos en el combate a este problema, no sólo en términos generales en materia de corrupción, sino que incluso en los casos específicos que trabajó la MACCIH-UFECIC. Y, en ese sentido, para luchar contra la corrupción, la UFERCO es, hasta el momento, la única institución estatal que está dando seguimiento a los casos de corrupción que construyó la MACCIH-UFECIC y constituye la esperanza de que en el país continúe la lucha contra las redes de corrupción e impunidad. Sin embargo, Sosa sostiene que para que la UFERCO realice un trabajo eficiente contra la corrupción es importante que pueda fortalecerse institucionalmente, de manera tal que le garantice autonomía e independencia, pero también capacidades técnicas, logísticas y recursos para una actuación eficiente.

Descargue documento: Honduras: La corrupción en
el contexto de la pandemia y
los desafíos de la UFERCO

“Los Pactos de Impunidad para proteger la Corrupción en Honduras”

“El Congreso Nacional, sigue legislando a favor de las redes de corrupción”, dice Tábora, al analizar que en Honduras, la reforma constitucional que se hizo en el año 2002 sentó las bases de un nuevo sistema de rendición de cuentas. La intención, dice, era el establecimiento de un marco jurídico eficaz en el combate del crimen y la corrupción, pero en la práctica resultó ser un sistema ineficaz y decepcionante.

Y es que de acuerdo con el Índice de Percepción de la Corrupción (IPC), Honduras, desde esa reforma del 2002, empeoró su situación en cuanto a la corrupción: escaló 75 puestos hasta la posición 157 de un ranking, que incluye a 180 países. En 2020, según el Índice Mundial sobre Estado de Derecho, el país ocupa la posición 116 de una clasificación que incluye 128 países, ascendiendo 17 puestos en la última década. Esta clasificación demuestra la grave situación de impunidad y marca una pauta importante para determinar la incapacidad del país para descubrir, investigar, castigar y detener la corrupción.

A través de decretos, leyes y acuerdos aprobados desde 1994 hasta el 2016, Honduras configuró el sistema de rendición de cuentas, pero los políticos, en el afán de controlar u obstaculizarla, limitaron el accionar del Ministerio Público. Los diputados han garantizado la impunidad y la reacción de las redes de corrupción a las acciones del binomio MACCIH-UFECIC provocó la creación de los pactos de impunidad, dice Tábora.

Desde el 2002, se incluyó en el  Código Procesal Penal (Decreto 9-99-E), sin justificación alguna, un procedimiento especial para juzgar a altos funcionarios del Estado por magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Además, reformaron la Constitución de la República, agregando una facultad al Poder Judicial, para que ante jueces o tribunales ad-hoc nombrados discrecionalmente por el pleno de magistrados, se sometan a la justicia, una acción prohibida por la Constitución de la República.

La ley de Secretos Oficiales fue otro golpe a la lucha contra la corrupción. La ley estableció disposiciones que generan un entramado de mecanismos jurídicos para la reserva de información pública. Esta ley, viola el derecho de acceso a la justicia y la independencia del Poder Judicial. Los órganos jurisdiccionales y administrativos, en los procesos de investigación deben solicitar al Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS), la autorización para que los funcionarios públicos rindan una declaración y revelen información en algún caso. Esta disposición afecta la independencia judicial y el principio de separación de poderes, pues claramente es una interferencia directa del CNDS en el ejercicio de la función jurisdiccional que bloquea las investigaciones.

La reforma a la ley del Ministerio Público en 2014, fue otro zarpazo, le quitó la vocería a los fiscales y otros funcionarios de otras direcciones, dando voz únicamente a los acusados.  Pero además con la entrada en vigencia del nuevo Código Penal en junio de 2020, se modificaron los tipos penales y rebajaron las penas aplicables a delitos de corrupción. Esto como parte de toda una estrategia de bloqueo para investigar la corrupción de funcionarios públicos, a la que se sumó también la reforma a la Ley Orgánica de Presupuesto, que se generó cuando se interpuso la acusación de la UFECIC-MACCIH contra cinco diputados (caso conocido como Red de Diputados).

Esta reforma establecía un procedimiento administrativo previo a la investigación de la Fiscalía contra quienes manejan fondos públicos, obligando al Tribunal Superior de Cuentas (TSC), a realizar una auditoría especial de los fondos destinados a programas sociales, pero la CSJ lo declaró inconstitucional. Así construyeron el pacto de impunidad, el Ministerio Público no puede ejercer la acción penal pública mientras el TSC no emita el informe de responsabilidad administrativa y, posteriormente, lo remita para que la Fiscalía continúe con las acciones. Pero aunque el TSC emita un informe de responsabilidad administrativa, si el responsable paga el monto y la multa se emitirá un certificado de solvencia, dejando sin castigo el uso de fondos públicos.

Pero el Decreto 117-2019 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, incorpora una inmunidad parlamentaria, disponiendo que “cualquier acción desarrollada en el ejercicio de la misma, no acarrea ningún tipo de responsabilidad penal, civil y administrativa”.

Y la cereza en el pastel, fue la eliminación de la MACCIH-UFECIC y el circuito anticorrupción. Los Pactos de Impunidad están obstaculizando el inicio de investigaciones penales, por lo que los casos del legado MACCIH-UFECIC están en vilo.

Descargar documento: Los pactos de impunidad
para proteger la corrupción
en Honduras

El CESPAD y el BJP consideran que es importante, ante el contexto anterior, dar seguimiento a las acusaciones de los casos emblemáticos que muestran cómo operan las redes de corrupción pública, privada y del crimen organizado en Honduras, cooptando la institucionalidad pública, apropiándose ilegalmente de los recursos públicos e infringiendo los derechos humanos de sectores sociales históricamente excluidos.

De allí que para el próximo proceso electoral, las organizaciones consideran que es importante elegir diputados y diputadas que atiendan el interés común y no los intereses particulares.

Esta es una publicación que forma parte del proyecto del CESPAD: “Veeduría ciudadana anti-corrupción y el legado de la MACCIH”, apoyado por Abogados Sin Frontera-Canadá (ASFC), sin embargo, las ideas aquí expresadas son responsabilidad exclusiva del CESPAD.