Escrito por Eugenio Sosa, analista senior del CESPAD.
El Gobierno de Juan Orlando Hernández (JOH) y las Fuerzas Armadas, sus principales aliados para sostenerse en el poder, recurriendo al artículo 274 de la Constitución de la República, que le otorga a la institución castrense competencias amplias para participar y asumir tareas relacionadas con el desarrollo[1], han acordado la participación de los militares en las tareas agrícolas, dando un paso más en el proceso de remilitarización de la sociedad hondureña.
De esta manera JOH, mediante el Decreto Ejecutivo Número PCM-052-2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 18 de octubre de 2019, crea el Programa de Desarrollo Agrícola de Honduras (PDAH), que se plantea como objetivo, “incrementar la productividad y rentabilidad agrícola, mediante la inversión en activos productivos, así como el establecimiento de una mentalidad emprendedora, desarrollando conocimiento, capacidades, actitudes y habilidades como elemento generador de riqueza y bienestar para los productores y productoras (Articulo 1).
Al artículo 1 del decreto también sostiene que el programa, “quedará adscrito a la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de la creación de una Dirección de Desarrollo Agrícola (C-10), en la Jefatura del Estado Mayor Conjunto para la Ejecución del Programa y quién será el ente encargado de estructurar, ejecutar y administrar el Programa (artículo 1).
El Decreto otorga, de entrada, una asignación superior a los cuatro mil millones de lempiras. “Para el ejercicio fiscal del año 2019 el Programa tendrá asignación de hasta sesenta y seis millones de Lempiras exactos (L. 66,000.000.00). Para los subsiguientes cuatro (4) años el PDAH tendrá la asignación de hasta un total de tres mil ochocientos cuarenta y tres millones, novecientos catorce mil, doscientos cincuenta y tres Lempiras con cincuenta y ocho centavos de Lempira (L. 3,843, 914, 253.58), (Artículo 3).
Pero, además, el Decreto autoriza a las Fuerzas Armadas para la gestión y movilización de recursos adicionales, al plantear: “El Programa podrá ejecutar recursos de aportes, donaciones y asignaciones de entidades nacionales e internacionales; otras transferencias, legados y donaciones de personas naturales y jurídicas de personas naturales o jurídicas de derecho público o privado (Artículo 3).
En el Decreto “se autoriza a la Dirección de Desarrollo Agrícola (C-10), para que gestione la formalización de alianzas estratégicas y/o contratación de servicios de asistencia técnica y capacitación a los productores, al igual que la suscripción de Convenios con Instituciones Públicas y/o instancias que sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Programa” (Artículo 5). En un periodo de tiempo de cinco (5) años, con el PDAH se espera beneficiar a 60,000 productores a nivel nacional (Articulo 6).
Estos recursos se suman al presupuesto ya sobredimensionado que, como parte del proceso de remilitarización, se ha otorgado en los últimos años a las secretarías de defensa y seguridad. El gasto presupuestario integrado en seguridad y defensa ha tenido un crecimiento constante desde el año 2000, pero de acuerdo con el monto y proporción de esos crecimientos se pueden distinguir tres momentos: del 2000 a 2006, crecimiento vegetativo (moderado y estable); del 2007 al 2012 de crecimiento alto y del 2013 al 2017 de crecimiento acelerado y desmedido[2].
En el período de crecimiento estable (2000-2005) el presupuesto pasó de 1, 547 millones de lempiras a 2,514 millones. Entre 2006 y 2012 el aumento fue significativo y el gasto presupuestario en seguridad y defensa pasó de 3,386 millones a 7,141 millones de lempiras. Aumentó en 3,755 millones. El crecimiento acelerado y, en mucho, desmedido, ocurrió en el lapso 2013-2017. En este período el presupuesto gastado pasó de 9,526 millones a 16,046 millones, lo que reporta 6,520 millones más. Esto significa que el aumento en este último período es mucho mayor que el aumento experimentado en los dos períodos previos. Considerando el monto del gasto en seguridad y defensa, su incremento fue tal que el presupuesto es ahora 9 veces mayor que en el 2000. Esto equivale a un aumento de 924% en todo el período. Además del presupuesto, otra fuente de financiamiento de los sectores de defensa y seguridad es la Ley de Seguridad Poblacional, conocida como “Tasa de Seguridad”, que empezó en el 2013 con más de mil millones de lempiras de recaudación y que para el 2018 llegó a una recaudación de más de dos mil setecientos millones de lempiras[3].
La situación se vuelve más preocupante porque las Fuerzas Armadas y las secretarías de Defensa y Seguridad en general, son de las instituciones que menos rendición de cuentas hacen y menos transparencia tienen. La opacidad y falta de transparencia no sólo es en los temas financieros, sino que en todo el quehacer de las Fuerzas Armadas. En la última década se ha creado un nuevo marco jurídico que promueve la secretividad en estas instituciones.
La Ley de Inteligencia Nacional, publicada el15 de abril de 2013, establece: Sin prejuicio de lo prescrito en le Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, las actividades, informaciones y documentos de inteligencia, tendrán el carácter de reservados, en vista que su contenido es confidencial o secreto, por ser elementos inherentes a la seguridad y la defensa nacional (Artículo 18). La ley de la Policía Militar de Orden Público (PMOP), también afirma que: La información reservada, obtenida y manejada por el Sistema Nacional de Inteligencia cuyo conocimiento público vulnere la privacidad de las personas y la seguridad nacional, queda exenta del escrutinio de cualquier organismo o persona natural (Artículo 19)[4].
A los artículos específicos en las diferentes leyes relacionadas con defensa y seguridad que promueven la falta de transparencia y opacidad, se suma Ley para la Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional, conocida popularmente como la Ley de Secretos Oficiales, Decreto 408-2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, el 07 de marzo de 2014, que establece: para efectos de esta Ley pueden ser declaradas Materias Clasificadas los asuntos, actos, contratos, documentos, informaciones, datos y objetos cuyo conocimiento por personas no autorizadas pueda dañar y/o poner en riesgo la seguridad y/o defensa nacional (artículo 3).
Las Categorías de clasificación son: Reservada, Confidencial, Secreta y Ultra-Secreta, en relación al grado de protección que se requieran […] (Artículo 4). Las clasificaciones… corresponderán única y exclusivamente al Consejo Nacional de Defensa y Seguridad […] (Artículo 5). Los periodos para la desclasificación van desde los cinco (5) años hasta los veinticinco (25) años, que además pueden ser prorrogables […] La solicitud de desclasificación debe ser presentada ante el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad única y exclusivamente por Fiscal General de la República quien se excusará en la discusión de dicha solicitud, así como en la votación de la misma (Artículo 7)[5].
Retomando los más de cuatro mil millones asignados a las Fuerzas Armadas para impulsar el desarrollo agrícola, surgen interrogantes: ¿cómo se garantizará la rendición de cuentas de las ejecuciones presupuestarias?, ¿cómo se evitará el sesgo político clientelista para la selección de los beneficiarios?, ¿si hoy se avanza en la remilitarización del sector agrícola, hasta dónde podría llegar la remilitarización si continúa esta tendencia?
Este Decreto que entrega competencias y recursos a las Fuerzas Armadas para el desarrollo agrícola, también es un reflejo del colapso de toda la institucionalidad estatal. En este sentido, el proceso de remilitarización de la sociedad hondureña avanza sobre las ruinas de la institucionalidad. También es indicador de que JOH cada vez más, producto de los realineamientos en el interior del Partido Nacional, de cara a las supuestas elecciones del 2021, confía cada vez menos en su gabinete y se encamina a quedarse gobernando con y desde los militares.
Por otro lado, no se puede desconocer que esta asignación a las Fuerzas Armadas también tiene implicaciones políticas, entre las que se pueden mencionar: una, mantener la lealtad de las Fuerzas Armadas a Juan Orlando Hernández ante la posibilidad de que emerja una crisis política de gobernabilidad que ponga en riesgo la continuidad de JOH en la presidencia de la república. Dos, intentar crear alguna base política clientelar entre el campesinado y las poblaciones rurales, ante la carencia de legitimidad política que enfrenta el régimen que enfrenta Juan Orlando Hernández.
[1] El artículo de 274 de la Constitución de la República acerca de las Fuerzas Armadas que: “cooperarán con las Secretarías de Estado y demás instituciones […] en labores de alfabetización, educación agricultura, protección del ambiente, vialidad, comunicaciones y reforma agraria” […] “Además cooperarán con las instituciones de seguridad pública […] así como en la protección de los Poderes del Estado y del Tribunal Supremo Electoral […]” (Artículo 274 de la Constitución de la República).
[2] Centro de Estudios para la Democracia, CESPAD. Defensa y Seguridad en Honduras: Hacia una agenda de reformas democráticas, Informe final, julio de 2019.
[3] Centro de Estudios para la Democracia, CESPAD. Defensa y Seguridad en Honduras: Hacia una agenda de reformas democráticas, Informe final, julio de 2019.
[4] Centro de Estudios para la Democracia, CESPAD. Defensa y Seguridad en Honduras: Hacia una agenda de reformas democráticas, Informe final, julio de 2019.
[5] Centro de Estudios para la Democracia, CESPAD. Defensa y Seguridad en Honduras: Hacia una agenda de reformas democráticas, Informe final, julio de 2019.